LAS RELACIONES CON HACIENDA

Hemos estado oyendo algunos años atras eso de que Hacienda somos todos, y, sin embargo muchos nunca nos creíamos semejante afirmación. Eso lo digo porque no se trata de la misma forma a todos los contribuyentes. Sí existe una oficina para atender a los contribuyentes que no saben lo que tienen que hacer y hasta hacen gratis la declaración del Impuesto sobre la Renta eso sí, haciendo competencia desleal a los despachos. De todas formas esas oficinas que han llegado a todos nuestros barrios se encargan de filtrar toda la información que llega. Unas veces por falta de reglamentación y otras por la llamada ley ventanilla todos los funcionarios, o al menos, la gran mayoría me da la sensación de que tratan de retrasar lo más posible las devoluciones, ya sean de Impuesto sobre el Valor Añadido, ya sean del Impuesto sobre la Renta del Impuesto sobre sociedades o sobre todo del Impuesto sobre el valor Añadido que los
extranjeros no residentes solicitan la devolución.

Han aparecido multitud de normas reglamentarias que el contribuyente lógicamente no conoce y cuya cumplimentación impide la devolución de los impuestos. Ello hace aún más defícil que las relaciones con la Hacienda Pública sean más cordiales. Así at pequeño empresario que hace una inversión en un local de Negocio y que se gasta el dinero lógicamente con créditos bancarios, le interesaría recibir la devolución del IVA soportado en la adquisición del inmueble lo antes posible. No obstante a través del artículo 1 1 1 de la Ley 37192 del Impuesto sobre el valor Añadido se dice que en el supuesto de soportar el IVA previamente al inicio de una actividad debe “rellenarse” un modelo denominado 037. En caso contrario, los IVA soportados no serán deducibles.

Ello conlleva a veces la pérdida de bastantes inversiones. Diganme en que negocio no hay que invertir antes de que se inicie la actiüdad. Debemos escuchar de nuevo aquel adagio que dice que es antes, el huevo o la gallina.

Por lo que se refiere a los pobres contribuyentes que se dedican a efectuar “entregas” intracomunitarias tienen que cuadrar los modelos para ser partícipes beneficiarios de la devolución del IVA aunque la regulación de las bases sea diferente. Me refiero al INTRASTAT v aI modelo 349.

Todo ello me lleva a reflexionar si realmente es necesario tanto papeleo, en un mundo que queremos que se rija a través de ordenadores y en donde ya hemos comprado el famoso paquete WINDOWS 95.


No quiero finalizar estas pequeñas reflexiones sin hacer notar que nunca me he encontrado con las pesetillas del interés de demora pagado por la Hacienda Pública sin antes haberlos reclamado ante los Tribunales.

Si Hacienda somos todos, por favor que nos traten a los contribuyentes como a coparticipes y no de cualquier otra forma. Debe mejorarse el trato con los contribuyentes.

Fdo.: Luis de Miguel Perez
Abogado

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